Impuesto de circulación 2026: cuánto se paga, cuándo, bonificaciones y lo que cuesta en cada gran ciudad

El impuesto de circulación (IVTM) lo paga cada año a su ayuntamiento quien sea titular del coche el 1 de enero, y depende de los caballos fiscales, no de los CV. La ley fija una cuota mínima de 12,62 € a 112 € al año para turismos y cada ayuntamiento puede multiplicarla como mucho por 2: un compacto de 8 a 11,99 caballos fiscales paga 59 € en Madrid, 68,16 € en Barcelona y 56,10 € en Zaragoza en 2026. Los eléctricos y muchos híbridos tienen hasta un 75 % de descuento. En Valencia y Alicante, el plazo de pago de este año acaba el 2 de noviembre.

Por Redacción Esencia Motor · · 11 min de lectura
Calle de una ciudad europea con coches aparcados junto a la acera
Foto: Faheem Ahamad / Pexels, licencia Pexels

Lo importante

  • Lo paga quien figura como titular en el permiso de circulación el 1 de enero, el año entero. Solo se prorratea por trimestres el año en que se matricula el coche, el de la baja definitiva y la baja temporal por robo (Ley de Haciendas Locales, art. 96).
  • Se calcula con los caballos fiscales (CVF): cuota mínima estatal de 12,62 € (menos de 8 CVF), 34,08 € (8 a 11,99), 71,94 € (12 a 15,99), 89,61 € (16 a 19,99) y 112 € (20 o más). El ayuntamiento puede multiplicarla hasta por 2.
  • En 2026, un coche de 8 a 11,99 CVF (un compacto de gasolina de 1,5 litros) paga 59 € en Madrid, 68,16 € en Barcelona, Palma y Murcia, 58,87 € en Valencia y 56,10 € en Zaragoza. La capital más cara es San Sebastián (89,25 €) y la más barata, Santa Cruz de Tenerife (34,08 €), según la AEA.
  • Bonificaciones: los ayuntamientos pueden rebajar hasta un 75 % por el tipo de motor o combustible y hasta un 100 % a los históricos o de más de 25 años. Madrid, Zaragoza, Palma o Las Palmas dan el 75 % a los eléctricos sin límite de años; Barcelona, Sevilla o Málaga, durante cinco.
  • Si no lo pagas, recargo del 5, 10 o 20 % más intereses, y Tráfico no tramita la transferencia del coche si no está pagado el del año anterior (art. 99).

El impuesto de circulación (oficialmente, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica o IVTM) lo paga cada año a su ayuntamiento quien sea titular del coche el 1 de enero, y su importe depende de los caballos fiscales del coche, no de sus CV. La ley fija unas cuotas mínimas para turismos de entre 12,62 y 112 € al año, y cada ayuntamiento puede multiplicarlas como mucho por 2. Por eso, el mismo compacto paga 56,10 € en Zaragoza, 59 € en Madrid y 68,16 € en Barcelona en 2026. Abajo tienes cómo se calcula, las cuotas de 2026 en doce grandes ciudades, las bonificaciones para eléctricos, híbridos e históricos, los plazos de pago, qué pasa si no pagas y quién lo paga cuando vendes el coche. Si vives en Valencia o Alicante, el plazo de este año acaba el lunes 2 de noviembre.

Quién lo paga y cuándo

El IVTM es un impuesto municipal regulado en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (texto refundido del Real Decreto Legislativo 2/2004, artículos 92 a 99). Lo esencial:

  • Qué grava: tener un vehículo apto para circular. Un coche lo es mientras esté matriculado y no se haya dado de baja, lo uses o no (art. 92).
  • Quién paga: la persona a cuyo nombre está el permiso de circulación (art. 94).
  • Al ayuntamiento del domicilio que figura en el permiso de circulación. Si te mudas, cambia el domicilio en la DGT para que el recibo vaya a tu nuevo ayuntamiento.
  • Cuándo se devenga: el 1 de enero. El periodo impositivo es el año natural (art. 96).
  • Prorrateo por trimestres, solo en tres casos: el año de la primera matriculación, el de la baja definitiva y la baja temporal por robo (desde que se inscribe en Tráfico). Una venta a mitad de año no se prorratea.

Si vendes o compras el coche durante el año

Como el impuesto se devenga el 1 de enero, lo paga entero quien era titular ese día, aunque venda el coche en febrero. El comprador empezará a pagarlo el 1 de enero siguiente. Si queréis repartir el recibo del año, es un acuerdo privado entre los dos; ponlo por escrito en el contrato de compraventa. Y ojo: Tráfico no tramita el cambio de titularidad si el vendedor no ha pagado el IVTM del año anterior (art. 99.2 de la ley). Lo explicamos paso a paso en cómo hacer el cambio de titularidad de un coche, y cómo ver si un coche tiene deudas antes de comprarlo, en el informe de la DGT de un coche usado.

Cómo se calcula: los caballos fiscales

La cuota depende de la potencia fiscal (CVF), que viene en la ficha técnica del coche. No tiene nada que ver con los CV de potencia real: se calcula con una fórmula del Reglamento General de Vehículos (anexo V) que usa la cilindrada y el número de cilindros:

CVF = 0,08 × (cilindrada de cada cilindro en cm³)^0,6 × número de cilindros

Para que te hagas una idea, con esa fórmula (cálculos nuestros con la cilindrada total):

Motor de gasolina Cilindrada CVF aprox. Tramo
1.0 de tres cilindros (utilitario) 999 cm³ 7,8 Menos de 8
1.5 de cuatro cilindros (compacto) 1.498 cm³ 11,2 8 a 11,99
1.8 de cuatro cilindros 1.798 cm³ 12,5 12 a 15,99
2.0 de cuatro cilindros 1.998 cm³ 13,3 12 a 15,99
3.0 de seis cilindros (deportivo) 2.993 cm³ 20,0 20 o más

En los eléctricos, la potencia fiscal se obtiene dividiendo los kW de potencia efectiva (la que el motor puede mantener durante 30 minutos, bastante menor que la máxima) entre 5,152, según el mismo reglamento y como explica km77. Por eso casi todos quedan en los tramos bajos.

Las cuotas mínimas de la ley

Caballos fiscales Cuota mínima estatal Máximo con coeficiente 2
Menos de 8 12,62 € 25,24 €
De 8 a 11,99 34,08 € 68,16 €
De 12 a 15,99 71,94 € 143,88 €
De 16 a 19,99 89,61 € 179,22 €
20 o más 112,00 € 224,00 €

Cada ayuntamiento aprueba en su ordenanza fiscal un coeficiente de hasta 2 (art. 95.4), y puede aplicar uno distinto a cada tramo. No hemos encontrado cambios en estas cuotas estatales en 2025 ni en 2026: lo que cambian cada año son las ordenanzas de cada ciudad. Excepción: el País Vasco y Navarra tienen su propia normativa foral, y por eso Bilbao o San Sebastián pueden superar estos máximos.

Cuánto cuesta en 2026 en las grandes ciudades

Cuota anual de un turismo en 2026, por tramo de caballos fiscales. Zaragoza y Barcelona, comprobadas en su ordenanza; el resto, según las tablas de Guía Fiscal (datos a 3 de julio de 2026) elaboradas con la ordenanza de cada ayuntamiento:

Ciudad Menos de 8 8 a 11,99 12 a 15,99 16 a 19,99 20 o más
Madrid 20,00 € 59,00 € 129,00 € 179,00 € 224,00 €
Barcelona 25,24 € 68,16 € 143,88 € 179,22 € 224,00 €
Valencia 21,20 € 58,87 € 128,05 € 167,27 € 219,01 €
Sevilla 21,45 € 61,00 € 130,93 € 176,53 € 220,64 €
Zaragoza 20,30 € 56,10 € 123,60 € 161,30 € 201,60 €
Málaga 24,35 € 65,80 € 138,90 € 173,05 € 216,25 €
Palma 23,61 € 68,16 € 143,88 € 179,22 € 224,00 €
Murcia 24,71 € 68,16 € 143,88 € 179,22 € 224,00 €
Las Palmas de Gran Canaria 20,95 € 56,57 € 119,42 € 148,75 € 185,92 €
Valladolid 22,72 € 61,34 € 129,49 € 161,30 € 201,60 €
Alicante 22,28 € 60,47 € 128,37 € 162,32 € 204,75 €

Bilbao, con norma foral y tramos propios: 26,05 € (menos de 8 CVF), 71,45 € (8 a 11,99), 153,25 € (12 a 13,99), 216,95 € (14 a 15,99), 282,70 € (16 a 19,99) y 361,70 € (20 o más), según Guía Fiscal.

Las capitales más caras y más baratas

Según el informe de 2026 de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), con un coche de 11,99 caballos fiscales:

  • La más cara: San Sebastián, 89,25 € al año. Le siguen Vitoria, Bilbao, Barcelona, Girona, Tarragona y Lleida, entre otras.
  • La más barata: Santa Cruz de Tenerife, 34,08 €, la cuota mínima de la ley. También están entre las más baratas Melilla, Ceuta, Zamora, Palencia, Badajoz, Cáceres y A Coruña.
  • En 2026 lo subieron Jaén, Pamplona, San Sebastián, Soria y Vitoria.

Bonificaciones: eléctricos, híbridos e históricos

La ley (art. 95.6) permite a cada ayuntamiento rebajar la cuota:

  • Hasta un 75 % según el tipo de combustible o las características del motor y su efecto en el medio ambiente (aquí entran eléctricos, híbridos, gas…).
  • Hasta un 100 % a los vehículos históricos o con al menos 25 años desde su fabricación (o desde la primera matriculación si no se conoce).

Son voluntarias: cada ciudad decide si las da, cuánto y durante cuánto tiempo. En 2026:

Ciudad Eléctricos (etiqueta Cero) Híbridos (ECO) Históricos
Madrid 75 %, sin límite* 75 % durante 6 años* 100 %
Barcelona 75 % los 5 primeros años 50 % durante 5 años (gasolina ECO hasta 120 g/km) 100 %
Valencia 75 % (a solicitud, un vehículo) 75 % 100 % (placa de histórico y más de 30 años)
Sevilla 75 % durante 5 años 75 % durante 5 años 75 % (históricos o 25 años)
Zaragoza 75 %, sin límite (enchufables con etiqueta Cero: 10 años) 75 % durante 6 años 95 %
Málaga 75 % durante 5 años (con recibo domiciliado y al corriente) 75 % durante 5 años 100 % (catalogados y 25 años)
Bilbao 95 %, sin límite 75 % durante 5 años 50 %
Palma 75 %, sin límite 50 %, sin límite 100 %
Murcia 75 % durante 3 años 30 % durante 3 años 100 % solo declarados históricos
Las Palmas de G. C. 75 %, sin límite 75 %, sin límite 100 % (históricos o 40 años)
Valladolid 75 % 50 % (no diésel) 100 % (más de 30 años)
Alicante 75/50/30 % los tres primeros años (clase energética A) Según emisiones, los tres primeros años 100 %

*Madrid, para los coches matriculados desde el 1 de enero de 2026, liga la rebaja a la etiqueta de la DGT, según anunció el Ayuntamiento en octubre de 2025; los anteriores mantienen la bonificación que tenían. Zaragoza, de su ordenanza de 2026; el resto, de Guía Fiscal.

En muchas ciudades hay que pedirla (no se aplica sola) y exigen estar al corriente con el ayuntamiento. Pide la bonificación en cuanto matricules el coche: si la solicitas tarde, puede que solo valga para el año siguiente. ¿No sabes qué etiqueta tiene tu coche? Lo explicamos en las etiquetas de la DGT: qué significa cada una.

Exención por discapacidad

Están exentos los coches a nombre de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % para su uso exclusivo (art. 93). Solo vale para un coche a la vez y hay que pedirla al ayuntamiento con el certificado de discapacidad; el ayuntamiento expide un documento que la acredita.

Plazos de pago en 2026

Cada ayuntamiento fija su periodo voluntario:

Ciudad Periodo voluntario 2026 Recibos domiciliados
Valladolid 3 de febrero – 6 de abril —
Murcia 5 de marzo – 5 de mayo* 1 de abril*
Málaga 2 de marzo – 6 de mayo* 6 de julio*
Las Palmas de G. C. 5 de marzo – 26 de junio* 5 de junio (5 % de descuento)
Sevilla 15 de marzo – 31 de mayo* —
Palma 16 de marzo – 1 de junio* Desde el 14 de mayo*
Barcelona 15 de abril – 15 de junio* 3 de julio*
Valencia 1 de septiembre – 2 de noviembre 30 de septiembre
Alicante 1 de septiembre – 2 de noviembre 5 de octubre

Valencia, Alicante y Valladolid, de sus ayuntamientos; *según Guía Fiscal. Si no te llega el recibo, no estás libre de pagarlo: se puede pagar en la web de tributos de cada ayuntamiento o en las entidades colaboradoras.

Qué pasa si no lo pagas

Cuando acaba el plazo voluntario, la deuda pasa a vía ejecutiva con un recargo (Ley General Tributaria, art. 28):

Cuándo pagas Recargo Intereses de demora
Antes de que te notifiquen la providencia de apremio 5 % No
En el plazo que te da la providencia de apremio 10 % No
Después 20 % Sí

Y hay más consecuencias:

  • Tráfico no hace la transferencia del coche mientras el titular no acredite el pago del impuesto del año anterior (art. 99.2). Ya no hace falta enseñar el recibo: los ayuntamientos comunican los impagos al Registro de Vehículos de la DGT, y si no consta ninguno, vale como pago.
  • Si no pagas, el ayuntamiento puede embargarte cuentas o devoluciones de Hacienda, como con cualquier deuda tributaria.

Errores típicos

  1. Pensar que el comprador paga desde el día de la venta. Paga quien era titular el 1 de enero, el año entero.
  2. No dar de baja un coche que ya no usas. Mientras esté matriculado, se paga aunque esté parado en un garaje. La baja definitiva sí prorratea el año.
  3. No pedir la bonificación del eléctrico o el híbrido. En muchas ciudades no es automática.
  4. No cambiar el domicilio en la DGT al mudarte: el recibo sigue yendo al ayuntamiento antiguo.
  5. Confundir CV con caballos fiscales. Un coche de 300 CV puede tener los mismos caballos fiscales que uno de 150 si tiene la misma cilindrada y cilindros.
  6. Dejar pasar el plazo por no recibir la carta. El recibo se debe igual y el recargo empieza en el 5 %.

Resumen

Pregunta Respuesta corta
¿Quién lo paga? El titular del coche el 1 de enero
¿A quién? Al ayuntamiento del domicilio del permiso de circulación
¿De qué depende? De los caballos fiscales y de la ordenanza de cada ciudad
¿Cuánto como mínimo y como máximo? De 12,62 € a 112 € de cuota estatal; hasta 224 € con coeficiente 2 (más en el País Vasco)
¿Un compacto en Madrid? 59 € en 2026 (8 a 11,99 CVF)
¿Eléctricos? Hasta un 75 % de descuento (95 % en Bilbao)
¿Más de 25 años o históricos? Hasta un 100 %, según el ayuntamiento
¿Si vendo en marzo? Pagas tú el año entero
¿Si no pago? Recargo del 5 al 20 % y no se puede hacer la transferencia

Las cuotas y bonificaciones cambian con las ordenanzas fiscales de cada año. Revisaremos esta guía cuando los ayuntamientos aprueben las de 2027. Si quieres ver todos los impuestos de un coche de gama alta, incluido el de matriculación, tienes lo que cuesta de verdad un deportivo.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el impuesto de circulación si vendo el coche a mitad de año?

El vendedor, si era el titular el 1 de enero: el impuesto se devenga ese día y se paga el año entero, sin prorrateo por venta (Ley de Haciendas Locales, arts. 94 y 96). Lo que hagan comprador y vendedor para repartirse ese recibo es un acuerdo privado. El comprador lo pagará a partir del 1 de enero siguiente.

¿Cuánto se paga de impuesto de circulación?

Depende de los caballos fiscales del coche y del ayuntamiento. La ley fija unas cuotas mínimas para turismos de 12,62 € (menos de 8 CVF) a 112 € (20 CVF o más) y los ayuntamientos pueden multiplicarlas como mucho por 2, hasta 224 €. En 2026, un compacto de 8 a 11,99 CVF paga 59 € en Madrid, 68,16 € en Barcelona y 56,10 € en Zaragoza.

¿Cómo sé cuántos caballos fiscales tiene mi coche?

Vienen en la ficha técnica (tarjeta ITV), en el apartado de potencia fiscal. Se calculan con la cilindrada y el número de cilindros (Reglamento General de Vehículos, anexo V) y no tienen nada que ver con los CV de potencia: un compacto de 1,5 litros y cuatro cilindros tiene unos 11 CVF y un 1.0 de tres cilindros, menos de 8. En los eléctricos se dividen los kW de potencia efectiva (la que el motor aguanta 30 minutos) entre 5,152.

¿Los coches eléctricos pagan impuesto de circulación?

Sí, pero con descuento en casi todas las ciudades: la ley permite a los ayuntamientos rebajar hasta un 75 % según el motor o el combustible. Madrid, Zaragoza, Palma y Las Palmas de Gran Canaria aplican el 75 % sin límite de años; Barcelona y Sevilla, durante cinco años; Bilbao, el 95 % a los eléctricos. En muchas ciudades hay que pedirlo.

¿Los coches de más de 25 años pagan impuesto de circulación?

Depende del ayuntamiento. La ley permite rebajar hasta el 100 % a los vehículos históricos o con al menos 25 años, pero cada ciudad decide: Madrid, Barcelona o Palma dan el 100 % a los históricos; Murcia solo a los declarados históricos (quitó la rebaja por 25 años); Sevilla, el 75 %; Zaragoza, el 95 %.

¿Qué pasa si no pago el impuesto de circulación?

Acabado el plazo voluntario, la deuda pasa a vía ejecutiva con un recargo del 5 % si la pagas antes de que te notifiquen la providencia de apremio, del 10 % si pagas en el plazo que te dan en ella y del 20 % más intereses de demora en el resto de casos (Ley General Tributaria, art. 28). Además, Tráfico no tramita la transferencia del coche si el titular no ha pagado el impuesto del año anterior.

¿Estoy exento del impuesto de circulación si tengo una discapacidad?

Sí, si tienes reconocido un grado de discapacidad de al menos el 33 % y el coche está a tu nombre y es para tu uso exclusivo. Solo vale para un coche a la vez y hay que pedirla al ayuntamiento con el certificado de discapacidad (Ley de Haciendas Locales, art. 93).

¿Cuándo se paga el impuesto de circulación?

Cada ayuntamiento fija su plazo. En 2026: Valladolid, del 3 de febrero al 6 de abril; Murcia, del 5 de marzo al 5 de mayo; Palma, del 16 de marzo al 1 de junio; Barcelona, del 15 de abril al 15 de junio; y Valencia y Alicante, del 1 de septiembre al 2 de noviembre. Si lo tienes domiciliado, el banco lo carga en la fecha que fije tu ayuntamiento.

Fuentes: BOE: Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004), texto consolidado · INEAF: impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (arts. 92-95 TRLRHL y cuotas mínimas) · GTT: efectos en el IVTM de la baja temporal o definitiva (art. 96 TRLRHL) · GTT: exención del IVTM por discapacidad (art. 93 TRLRHL; consulta DGT V1016-20) · Derecho Local: bonificaciones potestativas del IVTM (art. 95.6 TRLRHL) · Iberley: artículo 28 de la Ley General Tributaria (recargos del periodo ejecutivo) · Iberley: Ley 36/2006, artículo 11 (art. 99 TRLRHL, pago del IVTM y trámites de Tráfico) · BOE: Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998), anexo V: potencia fiscal · km77: cómo se calcula la potencia fiscal de los eléctricos (21/05/2026) · Ayuntamiento de Zaragoza: Ordenanza fiscal n.º 6, IVTM 2026 (BOPZ 296, 27/12/2025) · Ajuntament de Barcelona: Ordenanza fiscal 1.2, IVTM · Ajuntament de Barcelona: informe de la ordenanza 1.2 de 2025 (bonificaciones limitadas a cinco años) · Ayuntamiento de Madrid: bonificaciones del IVTM según la etiqueta de la DGT para 2026 (Diario de Madrid, 23/10/2025) · Ajuntament de València: calendario del contribuyente 2026 · Ayuntamiento de Alicante: periodo de pago voluntario del IVTM 2026 (12/08/2026) · Ayuntamiento de Valladolid: padrón del IVTM 2026 y periodo de cobranza (29/01/2026) · Guía Fiscal: IVTM 2026 por ciudades, cuotas, bonificaciones y plazos (datos a 3/07/2026) · Automovilistas Europeos Asociados: informe IVTM 2026 de las capitales de provincia (marzo de 2026) · Bolsamanía / Europa Press: lo que pagarán los conductores por el IVTM en 2026, según la AEA (11/03/2026)